El uso de patinetas y bicicletas eléctricas se está volviendo cada día más popular en el país, ya que, como medio de transporte alternativo y sostenible, no contaminan el aire, son de fácil uso y ofrecen un gran ahorro de dinero frente a los carros o motos.

No obstante, el panorama también refleja un crecimiento en los accidentes de tránsito, y en Bogotá, para el 2025 se registraron seis fallecimientos relacionados con este tipo de vehículos.

Entre las principales medidas de la Ley 2486 de 2025 se encuentra la velocidad máxima permitida de 25 kilómetros por hora cuando estos vehículos transiten por ciclorrutas. La medida busca salvaguardar tanto a los ciclistas convencionales como a los peatones que interactúan en estos espacios.

En los carriles mixtos de las vías urbanas podrán movilizarse hasta a 40 kilómetros por hora. Además, queda prohibido su tránsito por los andenes y por carreteras nacionales ubicadas fuera de los perímetros urbanos.

Cabe destacar que las autoridades locales también tienen la autonomía de prohibir el paso de estos vehículos por puntos críticos o tramos específicos de la ciudad si así lo consideran necesario por razones de seguridad.

La reglamentación también establece que la edad mínima para conducir estos vehículos será de 16 años. Asimismo, aquellos que circulen por ciclorrutas no podrán superar los 60 kilogramos de peso ni contar con motores cuya potencia exceda los 1.000 vatios.

Fuente: Wendy Yoana Giraldo